El Instituto Nacional de Semillas introduce modificaciones regulatorias en la industria del cannabis, afectando la inscripción de variedades y el traslado de materia vegetal, lo que genera incertidumbre para la investigación y desarrollo en el sector.
El Instituto Nacional de Semillas (INASE) ha anunciado una serie de cambios significativos en las regulaciones que afectan la industria del cannabis en el país. Estas modificaciones, centradas en la inscripción y traslado de variedades de cannabis, así como en la eliminación de autorizaciones para el traslado de materia vegetal, marcan un punto de inflexión en la forma en que se maneja el cannabis con fines medicinales e industriales.
A partir de ahora, para inscribir variedades de cannabis con un contenido de THC igual o superior al 1% en el Registro Nacional de Cultivares (RNC), será obligatorio adjuntar un informe técnico del Ministerio de Salud de la Nación. Este informe debe detallar el fundamento de la inscripción, siguiendo lo establecido por el artículo 4º de la Resolución Conjunta INASE-SALUD 5/2021. Sin embargo, todavía no se han proporcionado detalles claros sobre cómo obtener dicho informe, lo que genera incertidumbre entre los productores.
El INASE también ha comunicado que dejará de emitir autorizaciones para el traslado de flores y otros productos derivados del cannabis, una decisión que ha sorprendido a muchos y que podría paralizar parcialmente la industria, afectando tanto la investigación como el desarrollo de nuevos productos. Ante esta decisión, y con la ARICCAME actualmente sin funciones definidas, no existe en este momento un organismo responsable del traslado de materia vegetal.
Esta situación plantea desafíos significativos para los proyectos de investigación que requieren trasladar flores a laboratorios para extracción y otros procesos, dejando en el aire la legalidad y el procedimiento para tales actividades.
En un intento por agilizar los procesos, el INASE ha decidido que ya no será necesario solicitar autorizaciones para trasladar esquejes, plantines y semillas de variedades inscritas, simplificando el proceso solo al requerimiento de contar con la identificación y el remito adecuados.
Para las variedades no inscritas, se permitirá el traslado dentro de las categorías específicas del Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS), siempre que se informe adecuadamente y se cumpla con las regulaciones establecidas, aunque se prohíbe su comercialización hasta no estar inscritas oficialmente en el RNC.
Estos cambios representan un desafío para la industria del cannabis en Argentina, que deberá adaptarse rápidamente a las nuevas regulaciones. También destacan la necesidad de una mayor claridad y comunicación por parte de las autoridades reguladoras para facilitar el desarrollo sostenible de la industria, asegurando al mismo tiempo el cumplimiento de las normativas y la protección de la salud pública.