El diputado provincial Espartaco Marín, del Frente Justicialista Pampeano, presentó en la Cámara un proyecto de adhesión a la Ley 27350 de cannabis medicinal, que contempla el autocultivo y la producción pública y privada. Cuáles son los puntos principales de la iniciativa.
La Pampa se acerca a su propia regulación sobre cannabis con fines medicinales y terapéuticos. El diputado Espartaco Marín, del bloque Frente Justicialista Pampeano, (Frejupa), presentó un nuevo proyecto de ley para que la provincia adhiera a la Ley 27350 de Investigación médica y científica de uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados y el Decreto reglamentario 883/20. A su vez, la iniciativa incluye un procedimiento provincial integral.
El régimen propuesto establece la conformación de un Registro Provincial voluntario, a los fines de autorizar “la inscripción de los pacientes y familiares de pacientes que, presentando las patologías incluidas en la reglamentación y/o prescriptas por médicos de hospitales públicos, sean usuarios de aceite de cáñamo y otros derivados de la planta de cannabis, con el resguardo de protección de confidencialidad de datos personales” indica el texto presentado en la Cámara de Diputados de La Pampa.
Se prevé que el Registro se encuentre enmarcado en el Programa Provincial para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, que funcionará en el Ministerio de Salud pampeano. El mismo proporcionará “incluye la provisión gratuita de cannabis y sus derivados” a quienes cuenten con indicación médica para tratamiento con la planta y/o sus derivados, que estén inscriptos en el Programa y en el Registro y que no posean cobertura médica privada o de obra social.
Al mismo tiempo, la iniciativa busca la incorporación al Vademécum de Salud Pública y al Servicio Médico Previsional (SEMPRE) de la provincia de La Pampa del aceite de cannabis y otros derivados de la planta, “para el tratamiento de síndromes, trastornos, enfermedades poco frecuentes, patologías como epilepsias, cáncer, dolores crónicos, fibromialgia, glaucoma, esclerosis múltiple, tratamiento del dolor, estrés postraumático y toda otra condición de salud, existente o futura que sean autorizados por la Autoridad de Aplicación”.
Se autorizará para cultivo, extracción y preparación de derivados a aquellas personas que tengan indicación médica para sí mismos, para familiares y/o allegados, personas u organizaciones que lleven pequeños cultivos controlados y personas, empresas u organizaciones que cultiven para terceros. Las autorizaciones serán otorgadas a mayores de 16 años.
Es importante destacar que, según plantea el proyecto, las autorizaciones también dependen de que “las producciones y elaboraciones deberán ser supervisadas por un médico tratante y un químico farmacéutico”, y que “se debe garantizar la producción y elaboración de acuerdo a la certificación de buenas prácticas agrícolas y de manufactura”. También, “las producciones y elaboraciones deben ser evaluadas de acuerdo los controles de calidad correspondientes mediante un sistema de certificación y control de calidad, con oferentes públicos y privados que hayan sido habilitados a tales efectos”.
Un aspecto fundamental del proyecto pampeano es el que aborda el factor productivo: “la Autoridad de Aplicación otorgará las autorizaciones para el cultivo de cannabis a grandes, medianas y pequeñas empresas de carácter público, privado o mixto”, marca el texto presentado por Marín. A su vez, marca que el cannabis podrá industrializarse a través de “laboratorios públicos y privados nacionales y extranjeros para producir productos medicinales, terapéuticos o paliativos, en base a cannabis, priorizando la cobertura de la demanda local y, subsidiariamente, con fines de exportación”.